INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA REALIZAR UNA SOLICITUD DE INFORMACIÓN
Usted puede hacer la solicitud de dos formas:
1) Por escrito (utilizando el formulario en su versión impresa ) el cual debe ser enviado por vía correo postal o puede dejarlas presencialmente en nuestras oficinas ubicadas en Plaza España 514, oficina 303, Concepción en horario de 10.00 a 16.00hrs.
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2) Hacer la solicitud electrónicamente, utilizando el formulario web existente en el banner de solicitud de información existente en nuestro sitio web y que sigue a continuación.
PLAN DE CONTINGENCIA: En el caso que el sistema electrónico presente algún desperfecto, no se encuentre operativo, deje de estar disponible para el público, el nivel de acceso disminuya, sea intermitente o se vea comprometido de alguna forma, se solicita enviar su solicitud de información al siguiente correo de contacto: amrbb008@gmail.com
ETAPAS: El procedimiento para dar respuesta a su Solicitud de Información Pública consta de las
siguientes etapas:
1. Etapa de presentación y recepción de la solicitud de acceso a la información: conformada por el ingreso o presentación de la solicitud de acceso a la información y su recepción por la AMRBB.
2. Etapa de análisis formal de la solicitud de acceso a la información: conformada por la verificación de competencia de la AMRBB, revisión de los aspectos formales de la solicitud y eventual subsanación; búsqueda de la información; y, cuando corresponda, determinación, notificación y eventual oposición de los terceros cuyos derechos pudieran verse afectados.
3. Etapa de resolución de la solicitud de acceso a la información: conformada por la revisión de fondo de la solicitud, la preparación y firma del oficio de respuesta por parte de la AMRBB y su notificación al peticionario.
4. Etapa de cumplimiento de lo resuelto: conformada por el eventual cobro de los costos directos de reproducción y la entrega efectiva de la información y certificación de la misma.
PLAZOS:
El plazo para dar respuesta a su solicitud es de 20 días hábiles, y excepcionalmente puede ser prorrogado por otros 10 días hábiles, cuando existan circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada, caso en que la Institución requerida comunicará al solicitante, antes del vencimiento del plazo, la prórroga y sus fundamentos.
El solicitante tiene 15 días hábiles de plazo para acudir al Consejo para la Transparencia, en caso de vencer el plazo sin obtener respuesta, o de ser denegada total o parcialmente la petición.
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